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Desde el día 1 de julio del año 2006, la licencia de conducir se basa en un novedoso sistema de puntos cuyo número de partida varía dependiendo de los años de experiencia acumulados. A continuación, detallaremos este dato y otros más al respecto, para que no te falte ningún tipo de información y nada te pille sin previo aviso.

Dime cuánto llevas al volante y te diré cuántos puntos tienes

Como punto de partida, un/a conductor/a novel con menos de 3 años de experiencia tiene 8 puntos en su carnet de conducir pero también aquellos/as quienes aún contando con más años de conducción a sus espaldas, hayan agotado el número de puntos hasta perder la licencia y hayan tenido que esperar a obtener, a posteriori, una nueva.

En el caso de las personas con más de 3 años de experiencia acumulados, tendrán 12 puntos iniciales pudiendo llegar a un total máximo de 15 si durante los siguientes 3 años no se comete ningún tipo de infracción, así es que, con una correcta precaución se pueden obtener puntos extra.

Dependiendo de cada tipo de infracción, eso sí, se perderán más o menos puntos teniendo en cuenta la gravedad de la misma, algo que detallaremos a continuación.

Según el tipo de infracción, te quitarán tantos puntos

La Dirección General de Tráfico (DGT) dicta que cada infracción cometida, te acaba restando unos puntos determinados, siendo las más comunes en los últimos años las siguientes: un 42% por exceso de velocidad, un 13% por no llevar el cinturón de seguridad y un 9% por casos de consumo de alcohol y uso del teléfono móvil.

Además, podemos especificar las siguientes, a modo de breve resumen:

2 puntos:

Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que pueda suponer un riesgo a la circulación o a los peatones, parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano, sobrepasar 20 a 30 km/hora, circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ceñirse al reglamento o circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones, eso sí, que se determinen.

3 puntos:

Sobrepasar 30 a 40 km/hora, conducir utilizando el móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo que pueda alterar la necesaria atención permanente al volante en los términos establecidos reglamentariamente o conducir sin usar el cinturón de seguridad, el casco y otros elementos de protección determinados para cada caso y condición.

4 puntos:

Valores mayores a lo establecido de alcohol espirado (más de 0,25 hasta 0,50 mg/l, exceptuando las personas profesionales o dotadas de permisos de conducción de menos de 2 años para lo que se requerirán más de 0,15 hasta 0,30 mg/l), circular por autopistas y autovías con vehículos no permitidos, conducir un vehículo sin licencia expresa para el mismo, conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% el número de plazas autorizadas, conducir de forma negligente poniendo el peligro tanto la propia vida como la del resto de usuarios de la vía, sobrepasar la velocidad en más de 40 km/hora, incumplir las leyes reglamentarias sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario, adelantar en lugares con visibilidad reducido o poniendo en peligro a ciclistas, realizar maniobras como la de marcha atrás en autovías o autopistas, no respetar las señales de los agentes de circulación, aumentar la velocidad o entorpecer el adelantamiento o no mantener la distancia de seguridad reglamentaria.

6 puntos:

Valores más altos de 0,50 mg de aire espirado exceptuando a los profesionales y titulares de permisos de conducción de menos de 2 años de antigüedad con más de 0,30 mg/l, conducir bajo los efectos de estupefacientes, estimulantes y otras sustancias análogas, conducir de manera abiertamente temeraria, en sentido contrario o por carreteras no autorizadas, sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada siempre que suponga superar al menos en 30 km/hora el límite establecido, el exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% en los tiempos de descanso legislados sobre transporte terrestre o conducir vehículos que tengan instalados mecanismos para eludir la vigilancia de los agentes de tráfico así como la utilización de instrumentos de detección de radares.

Y entonces, ¿cómo recuperar los puntos?

A su vez, la DGT, estipula varios modos de recuperar los puntos perdidos:

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Es así y concluyendo ya como el mejor consejo que podemos dar es: “precaución al volante” y a por los 15 puntos.

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